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Nulidades matrimoniales en Madrid
El cardenal arzobispo de Madrid, Antonio María Rouco Varela, celebró la Eucaristía el pasado jueves y tuvo un encuentro con los miembros de la Curia de Justicia de nuestra diócesis, a cuyo frente se encuentra don Isidro Arnáiz Vázquez, Vicario Judicial. Fue ocasión para que el cardenal recordara aspectos de la doctrina de la Iglesia sobre la labor de los jueces eclesiásticos. Jesucristo, al fundar la Iglesia, le asignó una triple misión: enseñar, santificar y regir. La potestad judicial, por tanto, forma parte de la misión rectora de la Iglesia. En Madrid, prácticamente todos los litigios jurídicos de los tribunales eclesiásticos responden a causas de nulidad matrimonial.
El Papa tiene en plenitud la potestad judicial, como juez supremo, aunque, normalmente, ejerce esta misión mediante los tribunales ordinarios: el de la Rota Romana y el Supremo Tribunal de la Signatura Apostólica. El obispo diocesano también tiene esta potestad para su diócesis, la realiza a través del Vicario Judicial. En Madrid, la Curia de Justicia cuenta con el Vicario Judicial y con dos adjuntos; cada uno de ellos preside uno de los tres tribunales eclesiásticos que existen en nuestra archidiócesis.
En palabras del Vicario Judicial, don Isidro Arnáiz, la práctica totalidad de las causas que se tramitan en los tribunales madrileños son causas de nulidad de matrimonios, por diferentes razones: exclusión de los hijos, exclusión de la indisolubilidad o de la fidelidad del matrimonio, grave defecto de discreción de juicio, incapacidad para cumplir las obligaciones del matrimonio, etc.
A la hora de valorar los impedimentos tradicionales, la ley canónica de 1983 ha tenido presentes los conocimientos sobre psicología, antropología o psiquiatría, que arrojan luz para mostrar comportamientos, actitudes o situaciones que pueden invalidar el mutuo consentimiento, mostrando que nunca existió matrimonio. Hay casos -dice don Adrián González, Vicario Judicial de Mérida- en que, efectivamente, hubo ceremonia de boda, pero el matrimonio no existió. Si el matrimonio no surgió, los contrayentes continuaron solteros, aunque no fueran conscientes y hasta social y legalmente se les reconociera como casados.
Sin embargo, el matrimonio rato y consumado no puede ser disuelto, ni siquiera por el Papa. Así lo afirmaba un artículo reciente de LOsservatore Romano, en respuesta a algunos teólogos que pedían que se extendieran los llamados privilegios del Papa a la disolución del matrimonio. La indisolubilidad del matrimonio -se decía allí- no es algo propio de la disciplina de la Iglesia, sino que forma parte del derecho divino. El Papa es infalible, pero esto no le da derecho a violar la voluntad de Dios. Al contrario, la infalibilidad le obliga a ser mucho más fiel a la Sagrada Escritura y a la Tradición de la Iglesia.
Dinero y nulidad
Las tasas eclesiásticas oscilan, según diócesis, entre las 80.000 y 90.000 pesetas por cónyuge. Si son los dos esposos los que litigan, la cantidad se reduce. El común de los mortales piensa que el carácter público de los clientes y el dinero influyen en la celeridad de los procesos de nulidad, o condicionan una sentencia hacia el lado que más conviene. En seguida pensamos en el caso de algunos personajes conocidos. Sin embargo, la realidad se aleja de este convencionalismo, ya que se declaran nulidades matrimoniales tanto a los menos pudientes como a los poderosos: en todas las diócesis españolas existe la figura del Gratuito Patrocinio. Vayamos al caso madrileño. En 1998 se presentaron en el tribunal eclesiástico diocesano 265 causas de nulidad; a 72 de ellas se les concedió el beneficio de Gratuito Patrocinio, es decir, exención total de costes por los procesos. Para esta gestión, la Vicaría Judicial dispone de dos Patronos Estables, don Pedro Heredia y don Celedonio Gutiérrez, profesionales del Derecho cuyos servicios prestados a los clientes con dificultades económicas son gratuitos. El Arzobispado de Madrid es quien corre con los gastos acarreados por procedimientos que exceden las posibilidades de las partes.
En Madrid, las causas no cerradas rondan los 280 casos; en los últimos años, se han agilizado los trámites para resolver los casos, siguiendo las palabras del Santo Padre en el último encuentro con los miembros de la Rota Romana: La legislación actual de la Iglesia muestra viva sensibilidad ante la exigencia de que el estado de las personas, si es puesto en tela de juicio, no quede durante mucho tiempo sujeto a duda.
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