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La reducción embrional es un aborto selectivo
El Consejo Pontificio para la Familia, habiendo sido invitado a expresar su posición sobre la llamada reducción embrional, tras haber consultado con la Congregación para la Doctrina de la Fe, publicaba el pasado 13 de julio una declaración sobre este tema, de la que ofrecemos los extractos más significativos. El documento está firmado por el cardenal Alfonso López Trujillo y el obispo Francisco Gil Hellín, respectivamente Presidente y Secretario de ese dicasterio.
En la actualidad son menos raros los casos de embarazo múltiple, es decir cuando varios embriones comparten el seno materno. Estos casos tienen lugar habitualmente a causa de estimulación de los ovarios en caso de infertilidad, o por recurso a la fecundación artificial, sobre la que el Magisterio se ha pronunciado ya. No se puede, por lo tanto, no apelarse a la responsabilidad de aquellos médicos que, aplicando las técnicas de fecundación artificial, provocan situaciones que pueden poner en peligro la vida de la madre y de los hijos concebidos.
Respecto a los embarazos múltiples, algunos afirman que no pueden llegar todos a término, tanto por la muerte espontánea de los embriones en el útero, como por el nacimiento prematuro de fetos sin esperanza de vida. Se agrega, además, que si todos los nonatos llegasen al parto, la dificultad obstétrica (y el peligro consiguiente para la madre) sería más grande. Sobre esta base se llega a la conclusión de que sería justificada la selección y eliminación de algunos embriones para salvar a los otros o al menos a uno. Por este motivo se emplea una técnica llamada reducción embrional.
A este propósito es necesario notar cuanto sigue: ya que cada embrión debe considerarse y tratarse como una persona humana en respeto de su dignidad eminente, se reconocen al nonato, desde el primer momento de su concepción, los derechos fundamentales y, en primer lugar, el derecho a la vida que no puede por tanto ser violado de ninguna manera. Más allá de cualquier confusión y ambigüedad, se debe afirmar, por lo tanto, que la reducción embrional constituye un aborto selectivo: consiste de hecho en la eliminación directa y voluntaria de un ser humano inocente. Por tanto, sea cuando se quiere como fin como cuando se emplea como medio, constituye un desorden moral grave. La ilicitud de un tal comportamiento constituye una norma válida para todos, también para los que no son creyentes. La prohibición permanece incluso en el caso en que el proseguir el embarazo llevase aparejado un riesgo para la vida o la salud de la madre y de los otros hermanos gemelos.
La selección embrional, al comportar la eliminación voluntaria de una vida humana, no puede justificarse ni en base al principio del llamado mal menor, ni en base al del doble efecto: ni el uno ni el otro, de hecho, pueden aplicarse a este caso.
¡Que el Señor de la vida guíe a aquellos que están al servicio de la vida para que hagan todo lo posible para salvar a la madre y a los niños! Sigue siendo cierto que, si forma parte de la limitación humana deber asistir, a veces impotentes, a la muerte prematura de criaturas inocentes, no podrá nunca ser moralmente lícito provocar la muerte voluntariamente.
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