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La dignidad del embrión

El Comité Asesor de Ética, presidido por el profesor César Nombela, ha hecho un buen trabajo que deberá ser atendido por el Gobierno y el Parlamento a la hora de regular la investigación con células madre embrionarias. Ha tenido que conciliar las diferentes posiciones que sobre el problema existían en su seno y en la sociedad. El informe reconoce el valor y el respeto que merece el embrión y rechaza con toda rotundidad la práctica de la clonación con fines terapéuticos. No es lícito crear seres humanos clónicos para destruirlos, aunque sea en su fase embrionaria, con el fin de atender a las necesidades de salud de las personas. Lo impide la dignidad inherente a la vida humana en todas las etapas de su evolución.

Por otra parte, el Comité defiende la tesis de que, bajo el cumplimiento de una serie de estrictas condiciones que obligarían al Gobierno a elaborar una nueva legislación, sería lícita la utilización de los embriones sobrantes de las técnicas de fecundación asistida para la investigación terapéutica con células madre, como alternativa preferible a su mera destrucción. En definitiva, ha optado por una solución intermedia entre la concesión de libertad ilimitada de investigación con células madre y la prohibición general. Sería, tal vez, la menos mala de las soluciones dada la falta de unanimidad. Las técnicas de reproducción «in vitro» generan embriones que no se utilizan y que quedan almacenados y congelados. Estos embriones no son implantables y quedan condenados a la destrucción. Se trata de una cuestión compleja. Hay países, como Alemania, que sólo aceptan la generación de los embriones que efectivamente se vayan a implantar. Ésta es, si no me equivoco, la solución preferible, pues se atiende a la demanda de las parejas que aspiran a la reproducción asistida y se evita la producción de embriones destinados a su destrucción. Pero no es esto lo que, de hecho, se viene produciendo en España, donde el número de embriones almacenados y que no se implantarán resulta verosímilmente elevado, aunque su número sea difícil de determinar. La adopción de la solución alemana sería preferible, según mi criterio, a la recomendada por el Comité. Por muy elevados que sean los fines de la investigación terapéutica, el valor de la vida parece superior y no se debe supeditar a ellos. En este sentido, la solución del Comité, razonable por la pluralidad de las posiciones existentes y la necesidad de encontrar una fórmula de consenso, se antoja demasiado permisiva, ya que no cierra el camino a la destrucción de embriones, que no dejan de ser seres humanos en estado embrionario. Tan fundamentalista o tan nada fundamentalista es fijar un límite en el momento del nacimiento como en el momento de la concepción, como en cualquier otro momento. También es cierto que, con frecuencia, no se distingue debidamente entre la Moral y el Derecho y se mezclan y confunden argumentos que, apropiados en un ámbito, no lo son en el otro. Las consideraciones hechas hasta ahora se refieren al orden moral. Desde la perspectiva jurídica habrá que atender a la opinión mayoritaria vigente en la sociedad. Y, en este sentido, acaso la solución propuesta por el Comité sea la más prudente desde el punto de vista jurídico. Pero un planteamiento moral riguroso debería conducir a la protección del embrión en todos los casos y, por lo tanto, a evitar la producción de algunos, por pocos que sean, destinados a la destrucción. Por lo demás, existen alternativas a la investigación terapéutica con células madre que no entrañan la producción de embriones destinados a la eliminación. Si el embrión tiene valor y merece respeto es porque posee de suyo la dignidad inherente a la vida humana.

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última actualización del documento http://www.conoze.com/doc.php?doc=1617 el 2005-03-10 00:22:49