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Desnaturalización de la subsidiariedad

El principio de subsidiariedad, junto al de solidaridad, constituyen dos de los criterios centrales de la Ética social. Ambos principios están permanentemente en el candelero, tanto de los nuevos Ordenamientos jurídicos, del Derecho Público, como de las nuevas teorías sobre las funciones del Estado en los modelos compuestos.

En efecto, la subsidiariedad la encontramos tanto en el Derecho Comunitario cómo en el Ordenamiento de los Entes territoriales. Se utiliza en el ámbito de las organizaciones sociales y, por supuesto, afecta al nervio más importante de las relaciones entre Estado y Sociedad. Pues bien, desde este punto de vista quiero aprovechar el artículo de hoy para llamar la atención sobre lo que denomino la desnaturalización de la subsidiariedad aplicada a la enseñanza.

En pocas palabras podríamos decir que la subsidiariedad plantea que el Estado intervenga en la vida social cuándo las propias instituciones sociales no sean capaces de atender las necesidades colectivas. Todo lo que pueda hacer la Sociedad, que lo haga. El Estado se justifica en la medida en que la iniciativa social no es suficiente. Es decir, tanta libertad como sea posible y tanta intervención como sea imprescindible.

En el ámbito educativo se puede decir, muy a grandes trazos, que hasta la revolución francesa la educación fue una actividad propia de la Iglesia: a ella se deben las Universidades, Estudios Generales, Academias, Cofradías... Tras los acontecimientos de 1798 van pasando poco a poco al Estado algunas funciones educativas y, con el centralismo borbónico, aparecen los primeros síntomas de la nueva manera de comprender el fenómeno educativo. Tras los primeros pasos del intervencionismo del siglo XIX y la llegada del Estado social en la segunda mitad del siglo XX, algunos dirigentes públicos pensaron que la educación, que es un derecho de todos los ciudadanos y fundamentalmente una libertad de elegir según las propias convicciones o criterios, debía correr mayoritariamente por cuenta del Estado olvidando, efectivamente, su obligación de promover y facilitar dicha libertad.

En materia educativa, la subsidiariedad del Estado ha sido sustituida por la intervención pública. El Estado ahora se hace cargo, como decían algunos ideólogos del nazismo, de todas necesidades sociales, desde la cuna hasta la tumba. Pues bien, en este ambiente de desnaturalización de la subsidiariedad del Estado en materia educativa nos encontramos con un modelo de escuela pública, única y laica que además de inconstitucional constituye uno de los más graves atentados a la libertad perpetrados desde la artificial paz cívica del «autoritarismo» débil y blando en que vivimos.

El modelo es inconstitucional porque el artículo 27 reconoce la libertad de enseñanza y, consecuentemente, el derecho de los padres a elegir la educación de sus hijos de acuerdo con sus convicciones. Y autoritaria porque en los regímenes en que se instituye, por el procedimiento que sea, soluciones de carril único, de pensamiento unilateral, se termina prohibiendo, aunque sea sutilmente, la diferencia y el pensamiento crítico. Además, a qué viene tanta obsesión por la neutralidad del Estado y, luego, tanta insistencia en imponer los viejos modelos del laicismo.

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