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I.- Rasgos Caracteristicos de la Rerum Novarum
4. A finales del siglo pasado la Iglesia se encontró ante un proceso histórico, presente ya desde hacía tiempo, pero que alcanzaba entonces su punto álgido. Factor determinante de tal proceso lo constituyó un conjunto de cambios radicales ocurridos en el campo político, económico y social, e incluso en el ámbito científico y técnico, aparte el múltiple influjo de las ideologías dominantes. Resultado de todos estos cambios había sido, en el campo político, una nueva concepción de la sociedad, del Estado y, como consecuencia, de la autoridad. Una sociedad tradicional se iba extinguiendo, mientras comenzaba a formarse otra cargada con la esperanza de nuevas libertades, pero al mismo tiempo con los peligros de nuevas formas de injusticia y de esclavitud.
En el campo económico, donde confluían los descubrimientos científicos y sus aplicaciones, se había llegado progresivamente a nuevas estructuras en la producción de bienes de consumo. Había aparecido una nueva forma de propiedad, el capital, y una nueva forma de trabajo, el trabajo asalariado, caracterizado por gravosos ritmos de producción, sin la debida consideración para con el sexo, la edad o la situación familiar, y determinado únicamente por la eficiencia con vistas al incremento de los beneficios.
El trabajo se convertía de este modo en mercancía, que podía comprarse y venderse libremente en el mercado y cuyo precio era regulado por la ley de la oferta y la demanda, sin tener en cuenta el mínimo vital necesario para el sustento de la persona y de su familia. Además, el trabajador ni siquiera tenía la seguridad de llegar a vender la «propia mercancía», al estar continuamente amenazado por el desempleo, el cual, a falta de previsión social, significaba el espectro de la muerte por hambre.
Consecuencia de esta transformación era «la división de la sociedad en dos clases separadas por un abismo profundo»[6]. Tal situación se entrelazaba con el acentuado cambio político. Y así, la teoría política entonces dominante trataba de promover la total libertad económica con leyes adecuadas o, al contrario, con una deliberada ausencia de cualquier clase de intervención. Al mismo tiempo comenzaba a surgir de forma organizada, no pocas veces violenta, otra concepción de la propiedad y de la vida económica que implicaba una nueva organización política y social.
En el momento culminante de esta contraposición, cuando ya se veía claramente la gravísima injusticia de la realidad social, que se daba en muchas partes, y el peligro de una revolución favorecida por las concepciones llamadas entonces «socialistas», León XIII intervino con un documento que afrontaba de manera orgánica la «cuestión obrera». A esta encíclica habían precedido otras dedicadas preferentemente a enseñanzas de carácter político; más adelante irían apareciendo otras[7]. En este contexto hay que recordar en particular la encíclica Libertas praestantissimum, en la que se ponía de relieve la relación intrínseca de la libertad humana con la verdad, de manera que una libertad que rechazara vincularse con la verdad caería en el arbitrio y acabaría por someterse a las pasiones más viles y destruirse a sí misma. En efecto, ¿de dónde derivan todos los males frente a los cuales quiere reaccionar la Rerum novarum, sino de una libertad que, en la esfera de la actividad económica y social, se separa de la verdad del hombre?
El Pontífice se inspiraba, además, en las enseñanzas de sus predecesores, en muchos documentos episcopales, en estudios científicos promovidos por seglares, en la acción de movimientos y asociaciones católicas, así como en las realizaciones concretas en campo social, que caracterizaron la vida de la Iglesia en la segunda mitad del siglo XIX.
5. Las «cosas nuevas», que el Papa tenía ante sí, no eran ni mucho menos positivas todas ellas. Al contrario, el primer párrafo de la encíclica describe las «cosas nuevas», que le han dado el nombre, con duras palabras: «Despertada el ansia de novedades que desde hace ya tiempo agita a los pueblos, era de esperar que las ganas de cambiarlo todo llegara un día a pasarse del campo de la política al terreno, con él colindante, de la economía. En efecto, los adelantos de la industria y de las profesiones, que caminan por nuevos derroteros; el cambio operado en las relaciones mutuas entre patronos y obreros; la acumulación de las riquezas en manos de unos pocos y la pobreza de la inmensa mayoría; la mayor confianza de los obreros en sí mismos y la más estrecha cohesión entre ellos, juntamente con la relajación de la moral, han determinado el planteamiento del conflicto» [8].
El Papa, y con él la Iglesia, lo mismo que la sociedad civil, se encontraban ante una sociedad dividida por un conflicto, tanto más duro e inhumano en cuanto que no conocía reglas ni normas. Se trataba del conflicto entre el capital y el trabajo, o —como lo llamaba la encíclica— la cuestión obrera, sobre la cual precisamente, y en los términos críticos en que entonces se planteaba, no dudó en hablar el Papa.
Nos hallamos aquí ante la primera reflexión, que la encíclica nos sugiere hoy. Ante un conflicto que contraponía, como si fueran «lobos», un hombre a otro hombre, incluso en el plano de la subsistencia física de unos y la opulencia de otros, el Papa sintió el deber de intervenir en virtud de su «ministerio apostólico» [9], esto es, de la misión recibida de Jesucristo mismo de «apacentar los corderos y las ovejas» (cf. Jn 21, 15–17) y de «atar y desatar» en la tierra por el Reino de los cielos (cf. Mt 16, 19). Su intención era ciertamente la de restablecer la paz, razón por la cual el lector contemporáneo no puede menos de advertir la severa condena de la lucha de clases, que el Papa pronunciaba sin ambages [10]. Pero era consciente de que la paz se edifica sobre el fundamento de la justicia: contenido esencial de la encíclica fue precisamente proclamar las condiciones fundamentales de la justicia en la coyuntura económica y social de entonces [11].
De esta manera León XIII, siguiendo las huellas de sus predecesores, establecía un paradigma permanente para la Iglesia. Ésta, en efecto, hace oír su voz ante determinadas situaciones humanas, individuales y comunitarias, nacionales e internacionales, para las cuales formula una verdadera doctrina, un corpus, que le permite analizar las realidades sociales, pronunciarse sobre ellas y dar orientaciones para la justa solución de los problemas derivados de las mismas.
En tiempos de León XIII semejante concepción del derecho-deber de la Iglesia estaba muy lejos de ser admitido comúnmente. En efecto, prevalecía una doble tendencia: una, orientada hacia este mundo y esta vida, a la que debía permanecer extraña la fe; la otra, dirigida hacia una salvación puramente ultraterrena, pero que no iluminaba ni orientaba su presencia en la tierra. La actitud del Papa al publicar la Rerum novarum confiere a la Iglesia una especie de «carta de ciudadanía» respecto a las realidades cambiantes de la vida pública, y esto se corroboraría aún más posteriormente. En efecto, para la Iglesia enseñar y difundir la doctrina social pertenece a su misión evangelizadora y forma parte esencial del mensaje cristiano, ya que esta doctrina expone sus consecuencias directas en la vida de la sociedad y encuadra incluso el trabajo cotidiano y las luchas por la justicia en el testimonio a Cristo Salvador. Asimismo viene a ser una fuente de unidad y de paz frente a los conflictos que surgen inevitablemente en el sector socioeconómico. De esta manera se pueden vivir las nuevas situaciones, sin degradar la dignidad trascendente de la persona humana ni en sí mismos ni en los adversarios, y orientarlas hacia una recta solución.
La validez de esta orientación, a cien años de distancia, me ofrece la oportunidad de contribuir al desarrollo de la «doctrina social cristiana». La «nueva evangelización», de la que el mundo moderno tiene urgente necesidad y sobre la cual he insistido en más de una ocasión, debe incluir entre sus elementos esenciales el anuncio de la doctrina social de la Iglesia, que, como en tiempos de León XIII, sigue siendo idónea para indicar el recto camino a la hora de dar respuesta a los grandes desafíos de la edad contemporánea, mientras crece el descrédito de las ideologías. Como entonces, hay que repetir que no existe verdadera solución para la «cuestión social» fuera del Evangelio y que, por otra parte, las «cosas nuevas» pueden hallar en él su propio espacio de verdad y el debido planteamiento moral.
6. Con el propósito de esclarecer el conflicto que se había creado entre capital y trabajo, León XIII defendía los derechos fundamentales de los trabajadores. De ahí que la clave de lectura del texto leoniano sea la dignidad del trabajador en cuanto tal y, por esto mismo, la dignidad del trabajo, definido como «la actividad ordenada a proveer a las necesidades de la vida, y en concreto a su conservación»[12]. El Pontífice califica el trabajo como «personal», ya que «la fuerza activa es inherente a la persona y totalmente propia de quien la desarrolla y en cuyo beneficio ha sido dada»[13]. El trabajo pertenece, por tanto, a la vocación de toda persona; es más, el hombre se expresa y se realiza mediante su actividad laboral. Al mismo tiempo, el trabajo tiene una dimensión social, por su íntima relación bien sea con la familia, bien sea con el bien común, «porque se puede afirmar con verdad que el trabajo de los obreros es el que produce la riqueza de los Estados»[14]. Todo esto ha quedado recogido y desarrollado en mi encíclica Laborem exercens [15].
Otro principio importante es sin duda el del derecho a la «propiedad privada»[16]. El espacio que la encíclica le dedica revela ya la importancia que se le atribuye. El Papa es consciente de que la propiedad privada no es un valor absoluto, por lo cual no deja de proclamar los principios que necesariamente lo complementan, como el del destino universal de los bienes de la tierra [17].
Por otra parte, no cabe duda de que el tipo de propiedad privada que León XIII considera principalmente, es el de la propiedad de la tierra[18]. Sin embargo, esto no quita que todavía hoy conserven su valor las razones aducidas para tutelar la propiedad privada, esto es, para afirmar el derecho a poseer lo necesario para el desarrollo personal y el de la propia familia, sea cual sea la forma concreta que este derecho pueda asumir. Esto hay que seguir sosteniéndolo hoy día, tanto frente a los cambios de los que somos testigos, acaecidos en los sistemas donde imperaba la propiedad colectiva de los medios de producción, como frente a los crecientes fenómenos de pobreza o, más exactamente, a los obstáculos a la propiedad privada, que se dan en tantas partes del mundo, incluidas aquellas donde predominan los sistemas que consideran como punto de apoyo la afirmación del derecho a la propiedad privada. Como consecuencia de estos cambios y de la persistente pobreza, se hace necesario un análisis más profundo del problema, como se verá más adelante.
7. En estrecha relación con el derecho de propiedad, la encíclica de León XIII afirma también otros derechos, como propios e inalienables de la persona humana. Entre éstos destaca, dado el espacio que el Papa le dedica y la importancia que le atribuye, el «derecho natural del hombre» a formar asociaciones privadas; lo cual significa ante todo el derecho a crear asociaciones profesionales de empresarios y obreros, o de obreros solamente [19]. Ésta es la razón por la cual la Iglesia defiende y aprueba la creación de los llamados sindicatos, no ciertamente por prejuicios ideológicos, ni tampoco por ceder a una mentalidad de clase, sino porque se trata precisamente de un «derecho natural» del ser humano y, por consiguiente, anterior a su integración en la sociedad política. En efecto, «el Estado no puede prohibir su formación», porque «el Estado debe tutelar los derechos naturales, no destruirlos. Prohibiendo tales asociaciones, se contradiría a sí mismo»[20].
Junto con este derecho, que el Papa —es obligado subrayarlo— reconoce explícitamente a los obreros o, según su vocabulario, a los «proletarios», se afirma con igual claridad el derecho a la «limitación de las horas de trabajo», al legítimo descanso y a un trato diverso a los niños y a las mujeres [21] en lo relativo al tipo de trabajo y a la duración del mismo.
Si se tiene presente lo que dice la historia a propósito de los procedimientos consentidos, o al menos no excluidos legalmente, en orden a la contratación sin garantía alguna en lo referente a las horas de trabajo, ni a las condiciones higiénicas del ambiente, más aún, sin reparo para con la edad y el sexo de los candidatos al empleo, se comprende muy bien la severa afirmación del Papa: «No es justo ni humano exigir al hombre tanto trabajo que termine por embotarse su mente y debilitarse su cuerpo». Y con mayor precisión, refiriéndose al contrato, entendido en el sentido de hacer entrar en vigor tales «relaciones de trabajo», afirma: «En toda convención estipulada entre patronos y obreros, va incluida siempre la condición expresa o tácita» de que se provea convenientemente al descanso, en proporción con la «cantidad de energías consumidas en el trabajo». Y después concluye: «un pacto contrario sería inmoral»[22].
8. A continuación el Papa enuncia otro derecho del obrero como persona. Se trata del derecho al «salario justo», que no puede dejarse «al libre acuerdo entre las partes, ya que, según eso, pagado el salario convenido, parece como si el patrono hubiera cumplido ya con su deber y no debiera nada más»[23]. El Estado, se decía entonces, no tiene poder para intervenir en la determinación de estos contratos, sino para asegurar el cumplimiento de cuanto se ha pactado explícitamente. Semejante concepción de las relaciones entre patronos y obreros, puramente pragmática e inspirada en un riguroso individualismo, es criticada severamente en la encíclica como contraria a la doble naturaleza del trabajo, en cuanto factor personal y necesario. Si el trabajo, en cuanto es personal, pertenece a la disponibilidad que cada uno posee de las propias facultades y energías, en cuanto es necesario está regulado por la grave obligación que tiene cada uno de «conservar su vida»; de ahí «la necesaria consecuencia —concluye el Papa— del derecho a buscarse cuanto sirve al sustento de la vida, cosa que para la gente pobre se reduce al salario ganado con su propio trabajo»[24].
El salario debe ser, pues, suficiente para el sustento del obrero y de su familia. Si el trabajador, «obligado por la necesidad o acosado por el miedo de un mal mayor, acepta, aun no queriéndola, una condición más dura, porque se la imponen el patrono o el empresario, esto es ciertamente soportar una violencia, contra la cual clama la justicia»[25].
Ojalá que estas palabras, escritas cuando avanzaba el llamado «capitalismo salvaje», no deban repetirse hoy día con la misma severidad. Por desgracia, hoy todavía se dan casos de contratos entre patronos y obreros, en los que se ignora la más elemental justicia en materia de trabajo de los menores o de las mujeres, de horarios de trabajo, estado higiénico de los locales y legítima retribución. Y esto a pesar de las Declaraciones y Convenciones internacionales al respecto [26] y no obstante las leyes internas de los Estados. El Papa atribuía a la «autoridad pública» el «deber estricto» de prestar la debida atención al bienestar de los trabajadores, porque lo contrario sería ofender a la justicia; es más, no dudaba en hablar de «justicia distributiva»[27].
9. Refiriéndose siempre a la condición obrera, a estos derechos León XIII añade otro, que considero necesario recordar por su importancia: el derecho a cumplir libremente los propios deberes religiosos. El Papa lo proclama en el contexto de los demás derechos y deberes de los obreros, no obstante el clima general que, incluso en su tiempo, consideraba ciertas cuestiones como pertinentes exclusivamente a la esfera privada. Él ratifica la necesidad del descanso festivo, para que el hombre eleve su pensamiento hacia los bienes de arriba y rinda el culto debido a la majestad divina [28]. De este derecho, basado en un mandamiento, nadie puede privar al hombre: «a nadie es lícito violar impunemente la dignidad del hombre, de quien Dios mismo dispone con gran respeto». En consecuencia, el Estado debe asegurar al obrero el ejercicio de esta libertad [29].
No se equivocaría quien viese en esta nítida afirmación el germen del principio del derecho a la libertad religiosa, que posteriormente ha sido objeto de muchas y solemnes Declaraciones y Convenciones internacionales[30], así como de la conocida Declaración conciliar y de mis constantes enseñanzas[31]. A este respecto hemos de preguntarnos si los ordenamientos legales vigentes y la praxis de las sociedades industrializadas aseguran hoy efectivamente el cumplimiento de este derecho elemental al descanso festivo.
10. Otra nota importante, rica de enseñanzas para nuestros días, es la concepción de las relaciones entre el Estado y los ciudadanos. La Rerum novarum critica los dos sistemas sociales y económicos: el socialismo y el liberalismo. Al primero está dedicada la parte inicial, en la cual se reafirma el derecho a la propiedad privada; al segundo no se le dedica una sección especial, sino que —y esto merece mucha atención— se le reservan críticas, a la hora de afrontar el tema de los deberes del Estado [32], el cual no puede limitarse a «favorecer a una parte de los ciudadanos», esto es, a la rica y próspera, y «descuidar a la otra», que representa indudablemente la gran mayoría del cuerpo social; de lo contrario se viola la justicia, que manda dar a cada uno lo suyo. Sin embargo, «en la tutela de estos derechos de los individuos, se debe tener especial consideración para con los débiles y pobres. La clase rica, poderosa ya de por sí, tiene menos necesidad de ser protegida por los poderes públicos; en cambio, la clase proletaria, al carecer de un propio apoyo tiene necesidad específica de buscarlo en la protección del Estado. Por tanto es a los obreros, en su mayoría débiles y necesitados, a quienes el Estado debe dirigir sus preferencias y sus cuidados»[33].
Todos estos pasos conservan hoy su validez, sobre todo frente a las nuevas formas de pobreza existentes en el mundo; y además porque tales afirmaciones no dependen de una determinada concepción del Estado, ni de una particular teoría política. El Papa insiste sobre un principio elemental de sana organización política, a saber, que los individuos, cuanto más indefensos están en una sociedad, tanto más necesitan el apoyo y el cuidado de los demás, en particular, la intervención de la autoridad pública.
De esta manera el principio que hoy llamamos de solidaridad y cuya validez, ya sea en el orden interno de cada nación, ya sea en el orden internacional, he recordado en la Sollicitudo rei socialis [34], se demuestra como uno de los principios básicos de la concepción cristiana de la organización social y política. León XIII lo enuncia varias veces con el nombre de «amistad», que encontramos ya en la filosofía griega; por Pío XI es designado con la expresión no menos significativa de «caridad social», mientras que Pablo VI, ampliando el concepto, de conformidad con las actuales y múltiples dimensiones de la cuestión social, hablaba de «civilización del amor»[35].
11. La relectura de aquella encíclica, a la luz de las realidades contemporáneas, nos permite apreciar la constante preocupación y dedicación de la Iglesia por aquellas personas que son objeto de predilección por parte de Jesús, nuestro Señor. El contenido del texto es un testimonio excelente de la continuidad, dentro de la Iglesia, de lo que ahora se llama «opción preferencial por los pobres»; opción que en la Sollicitudo rei socialis es definida como una «forma especial de primacía en el ejercicio de la caridad cristiana»[36]. La encíclica sobre la «cuestión obrera» es, pues, una encíclica sobre los pobres y sobre la terrible condición a la que el nuevo y con frecuencia violento proceso de industrialización había reducido a grandes multitudes. También hoy, en gran parte del mundo, semejantes procesos de transformación económica, social y política originan los mismos males.
Si León XIII se apela al Estado para poner un remedio justo a la condición de los pobres, lo hace también porque reconoce oportunamente que el Estado tiene la incumbencia de velar por el bien común y cuidar que todas las esferas de la vida social, sin excluir la económica, contribuyan a promoverlo, naturalmente dentro del respeto debido a la justa autonomía de cada una de ellas. Esto, sin embargo, no autoriza a pensar que según el Papa toda solución de la cuestión social deba provenir del Estado. Al contrario, él insiste varias veces sobre los necesarios límites de la intervención del Estado y sobre su carácter instrumental, ya que el individuo, la familia y la sociedad son anteriores a él y el Estado mismo existe para tutelar los derechos de aquél y de éstas, y no para sofocarlos [37].
A nadie se le escapa la actualidad de estas reflexiones. Sobre el tema tan importante de las limitaciones inherentes a la naturaleza del Estado, convendrá volver más adelante. Mientras tanto, los puntos subrayados —ciertamente no los únicos de la encíclica— están en la línea de continuidad con el magisterio social de la Iglesia y a la luz de una sana concepción de la propiedad privada, del trabajo, del proceso económico de la realidad del Estado y, sobre todo, del hombre mismo. Otros temas serán mencionados más adelante, al examinar algunos aspectos de la realidad contemporánea. Pero hay que tener presente desde ahora que lo que constituye la trama y en cierto modo la guía de la encíclica y, en verdad, de toda la doctrina social de la Iglesia, es la correcta concepción de la persona humana y de su valor único, porque «el hombre... en la tierra es la sola criatura que Dios ha querido por sí misma»[38]. En él ha impreso su imagen y semejanza (cf. Gn 1, 26), confiriéndole una dignidad incomparable, sobre la que insiste repetidamente la encíclica. En efecto, aparte de los derechos que el hombre adquiere con su propio trabajo, hay otros derechos que no proceden de ninguna obra realizada por él, sino de su dignidad esencial de persona.
Notas
[6] León XIII, Enc. Rerum novarum: l. c., 132.
[7] Cf., por ejemplo, León XIII, Enc. Arcanum divinae sapientiae (10 febrero 1880): Leonis XIII P. M. Acta, II, Romae 1882, 10-40; Enc. Diuturnum illud (29 junio 1881): Leonis XIII P. M. Acta, II, Romae 1882, 269-287; Enc. Libertas praestantissimum (20 junio 1888): Leonis XIII P. M. Acta, VIII, Romae 1889, 212-246; Enc. Graves de communi (18 enero 1901): Leonis XIII P. M. Acta, XXI, Romae 1902, 3-20.
[8] Enc. Rerum novarum: l. c., 97.
[9] Ibid.: l. c., 98.
[10] Cf. ibid.: l. c., 109 s.
[11] Cf. ibid., 16: descripción de las condiciones de trabajo; asociaciones obreras anticristianas: l. c., 110 s.; 136 s.
[12] Ibid.: l. c., 130; cf. también 114 s.
[13] Ibid.: l. c., 130.
[14] Ibid.: l. c., 123.
[15] Cf. Enc. Laborem exercens, 1, 2, 6: l. c., 578-583; 589-592.
[16] Cf. Enc. Rerum novarum: l. c., 99-107.
[17] Cf. ibid.: l. c., 102 s.
[18] Cf, ibid.: l. c., 101-104.
[19] Cf, ibid.: l. c., 134 s.; 137 s.
[20] Ibid.: l. c., 135.
[21] Ibid.: l. c., 128-129.
[22] Ibid.: l. c., 129.
[23] Ibid.: l. c., 129.
[24] Ibid.: l. c., 130 s.
[25] Ibid.: l. c., 131.
[26] Cf. Declaración Universal de los Derechos del Hombre.
[27] Cf. Enc. Rerum novarum: l. c., 121-123.
[28] Cf ,ibid.: l. c., 127.
[29] Ibid.: l. c., 126.
[30] Cf. Declaración Universal de los Derechos del Hombre; Declaración sobre la eliminación de toda forma de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o en la convicción.
[31] Cf. Conc. Ecum. Vat. II, Declaración Dignitatis humanae sobre la libertad religiosa, Juan Pablo II, Carta a los Jefes de Estado (1 septiembre 1980): AAS 72 (1980),1252-1260; Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 1988: AAS 80 (1988), 278-286.
[32] Cf. Enc. Rerum novarum: l. c., 99-105; 130 s.; 135.
[33] Ibid.: l. c., 125.
[34] Cf. Enc. Sollicitudo rei socialis, 38-40; l. c., 564-569; Juan XXIII, Enc. Mater et Magistra, l. c., 407.
[35] Cf. León XIII, Enc. Rerum novarum: l. c., 114-116; Pío XI, Enc. Quadragesimo anno, III: l. c., 208; Pablo VI, Homilía en la misa de clausura del Año Santo (25 diciembre 1975): AAS 68 (1976), 145; Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 1977: AAS 68 ( 1976), 709.
[36] Enc. Sollicitudo rei socialis, 42: l. c., 572.
[37] Cf. León XIII, Enc. Rerum novarum: l. c., 101 s.;104 s.; 130 s.; 136.
[38] Conc. Ecum. Vat. II, Const, past. Gaudium et spes, sobre la Iglesia en el mundo actual, 24.
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