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¿Una ciudadanía para la educación?

Antes que nada tengo que decir que esto que voy a escribir lo digo, también, además de como persona, en general, afectada por la cosa, como padre. Y me refiero a esa extraña forma de manipular la conciencia de nuestros hijos mediante la denominada EpC (Educación para la Ciudadanía)

Y dicho esto, vayamos al tema grave, determinista en su intención, básicamente subjetivista, abandonista de una ética verdadera, etc de lo que podríamos llamar una ciudadanía para la educación y no como, al revés, se plantea para, también, aquí dar un gato muerto por una liebre que renquea, cabizbaja por los capones que le da el laicismo gubernamental imperante que, por desgracia, no está tan alejado del sentir general como se piensa o como, al menos, nos gustaría pensar.

Veamos, por ejemplo, lo que dicen algunas normas. En primer lugar, el artículo 27 de la, aún en vigor, Constitución Española de 1978 dice que «1. Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza. 2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales. 3. Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones» (...) El resto del artículo, por tratarse de elementos eminentemente no relacionados con este tema, lo omito porque, básicamente, lo que importa, para el caso, es lo que dice ese apartado 3 que responsabiliza a los padres sobre las convicciones de sus hijos.

Además, el Convenio europeo de derechos humanos, en el artículo 2 del Protocolo Adicional (firmado en 1952), afirma que «A nadie se le puede negar el derecho a la instrucción. El Estado, en el ejercicio de las funciones que asuma en el campo de la educación y de la enseñanza, respetará el derecho de los padres a asegurar esta educación y esta enseñanza conforme a sus convicciones religiosas y filosóficas». Todo esto atendiendo, para que se comprenda la relación entre un texto y otro, a lo que dice el apartado 2 del artículo 10 de la citada Constitución Española y que es que «las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los Tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España». No cabía, por lo tanto, otra cosa. Esto, también, se está violando con esta modificación educativa ya que es evidente que no se deja a los padres esta posibilidad sino que es desde el Estado es desde donde se pretende imponer todo lo que sigue, infra, todo lo que, en sus ensoñaciones, no dejan de ser sino proyectos de ingeniería social ya muy caducos y ¡Ay!, quizá aceptados por una mayoría social muy dada a la tranquilidad intelectual y al sosiego económico.

Sobre lo dicho supra, sobre el derecho de los padres a elegir la formación religiosa y moral que reconoce el citado apartado 3 del artículo 27, habría que preguntar que dónde quedará el mismo si lo que se plantea es una asignatura obligatoria (frente a la opcional religión católica), y hablamos de la malhadada y ya nombrada Educación para la Ciudadanía, un sentido torticero y básicamente manipulador.

¿Y ante esto, qué hacer? Es evidente que no podemos quedarnos cruzados de brazos viendo como imponen toda esta serie de bases ideologizantes (si es que se puede decir así) en el pensamiento dúctil de nuestros hijos pasando, además, además, además, a ser considerados, quienes no estemos de acuerdo con eso, como personas dignas de no ser tenidas en cuenta y, sobre todo, de una «mentalidad reaccionaria, cavernícola y antimoderna» (en palabras de D. Agustín Domingo Moratalla, Profesor Titular de Filosofía del Derecho, Moral y Política, y dicho esto en «Las trampas de la educación para la ciudadanía», publicado en el diario Las Provincias, de Valencia)

Ante esto, pues, parece que sólo cabe el ejercicio de un derecho, que en sí mismo, tiene un carácter eminentemente expansivo en su concepto. El derecho de objeción de conciencia, recogido, básicamente, en el artículo 30 de la Constitución Española de 1978. Digo lo de expansivo ya que, de otra forma, tan sólo se podría hacer uso de él en el caso que refiere, es decir, en el de la prestación del servicio militar que, además, ya no es obligatoria, y esto, como es lógico, sería de todo punto absurdo. Tal es así que varias sentencias del más alto tribunal español en este tipo de materias, el Tribunal Constitucional, han determinado que, en otros casos, también se puede argumentar y hacer uso del mismo (pensemos, por ejemplo, en el derecho del médico a no practicar abortos y el derecho del farmacéutico a no dispensar medicamentos abortivos o... en otros muchos casos, como, por ejemplo, éste).

Ejemplo de esto son las sentencias 15/1982 (Sala Primera) de 23 de abril y la 53/1985 (Pleno) de 11 de abril, del citado Tribunal Constitucional, que admiten eso que se está planteando, ya, en algunos lugares de España. En éstas, por lo tanto, se amplía ese carácter único que el texto constitucional otorga al ejercicio de este derecho ya que, de otra forma el verdadero sentido de esa objeción, el mostrar una oposición en temas morales, o religiosos, no tendría cabida y esto iría en contra del mismo articulado constitucional.

Por lo tanto, sí que cabe algún tipo de reacción. Sin embargo, teniendo en cuenta con quien estamos tratando, casi estoy seguro que ya estarán pensando en cómo contrarrestar esta más que posible actuación por parte de los padres si es que no lo han previsto ya. Al fin y al cabo, pensarán, no se trata más que de personas que no creen en la libertad y por eso no acatan las leyes (no me refiero a los legisladores sino a los demás opositores a sus ignominiosas normas).

Aquí, precisamente aquí, podríamos recordar aquello que dice que las leyes intrínsecamente perversas no se pueden acatar y, por lo tanto, cumplir. Y precisamente aquí, repito, precisamente aquí, la fibra moral de muchos cristianos, de muchos católicos, va a ser tensada. Si se rompe por aquí por falta de reacción, podemos pensar que estamos acabados y, de nuevo, las catacumbas nos esperarán, porque lo que se pretende es hacer una ciudadanía para la educación, o lo que es lo mismo, una ciudadanía sometida al dictado del poder, sea el que sea.

Y por desgracia, quizá sea esto lo que veamos.

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