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Objeción en legítima defensa

Educación para la Ciudadanía, uno de los atropellos a las libertades más escandalosos de la democracia.

Este curso académico da sus últimas boqueadas, y no nos habremos dado cuenta cuando ya tendremos el próximo encima. Faltan, pues, pocas semanas para que en el territorio español se implante uno de los atropellos a las libertades más escandalosos de nuestra aún joven democracia. Me refiero, claro, a la asignatura llamada Educación para la Ciudadanía, que ha entrado en vigor en algunas comunidades, y en otras, más reticentes, empezará a impartirse en septiembre.

La EPC está diseñada, según el BOE, para formar la conciencia de los alumnos desde la enseñanza primaria hasta la superior. Los inspiradores, conscientes de que semejante pretensión revienta las costuras de la Constitución por varios sitios, se han cuidado de que la Ley que la establece se limite a ordenar la implantación de una asignatura con este nombre, remitiendo los pormenores de su naturaleza y contenidos a normas posteriores de rango inferior. Así se bloquea la posibilidad de un recurso de inconstitucionalidad, que sólo puede plantearse contra normas con rango de ley.

Los padres de las víctimas de esta intromisión ilegítima e intolerable del Estado en la conciencia de las personas, especialmente en su etapa de formación, se han visto abocados a tener que formular objeción de conciencia contra la obligación legal de someter a sus hijos a tal adoctrinamiento: un recurso contencioso administrativo contra los decretos reguladores de la EPC lleva tiempo, quizás años, y cuando llegase una sentencia sería, con toda probabilidad, demasiado tarde. No digamos de los recursos de amparo, escandalosamente amontonados en la mesa del TC. Sólo la objeción, directamente aplicable y de efectos inmediatos, se ofrece como modo de ejercer la defensa propia legalmente.

La cuestión de fondo no es el contenido que este Gobierno ha dado a la EPC (que es en mi opinión un disparate). Si esta asignatura tuviese un contenido moral acorde con mis convicciones, la objeción de conciencia debería ser igualmente ejercida, porque no va contra los contenidos, sino contra el derecho constitucional de los padres a que sus hijos sean educados de acuerdo con sus convicciones religiosas y morales. Si se acepta la legitimidad del Estado a formar las conciencias mediante una asignatura obligatoria, en la escolaridad obligatoria y con contenidos obligatorios, un cambio de signo en el Gobierno podría legitimar la intromisión del Estado en las conciencias, aunque de otro signo.

Puro totalitarismo, se disfrace como quiera.

Es, pues, necesario objetar, multiplicar las objeciones. Nos jugamos la libertad.

Ahora en...

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