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Magisterio de San Bonifacio I

Del primado e infalibilidad del Romano Pontífice

[De la Carta Manet beatum a Rufo y demás obispos de Macedonia, etc., de 11 de marzo de 422]

Por disposición del Señor, es competencia del bienaventurado Apóstol Pedro la misión recibida de Aquél, de tener cuidado de la Iglesia Universal. Y en efecto, Pedro sabe, por testimonio del Evangelio [Mt. 16, 18], que la Iglesia ha sido fundada sobre él. Y jamás su honor puede sentirse libre de responsabilidades por ser cosa cierta que el gobierno de aquélla está pendiente de sus decisiones. Todo ello justifica que nuestra atención se extienda hasta estos lugares de Oriente, que, en virtud de la misión a Nos encomendada, se hallan en cierto modo ante nuestros ojos... Lejos esté de los sacerdotes del Señor incurrir en el reproche de ponerse en contradicción con la doctrina de nuestros mayores, por intentar una nueva usurpación, reconociendo tener de modo especial por competidor aquel en quien Cristo depositó la plenitud del sacerdocio, y contra quien nadie podrá levantarse, so pena de no poder habitar en el reino de los cielos. A ti, dijo, te daré las llaves del reino de los cielos [Mt. 16, 19]. No entrará allí nadie sin la gracia de quien tiene las llaves. Tú eres Pedro, dijo, y sobre esta piedra edificaré mi Iglesia [M. 16, 18]. En consecuencia, quienquiera desee verse distinguido ante Dios con la dignidad sacerdotal como a Dios se llega mediante la aceptación por parte de Pedro, en quien, es cierto, como antes hemos recordado, fue fundada la Iglesia de Dios debe ser manso y humilde de corazón [Mt. 11, 29], no sea que el discípulo contumaz empiece a sufrir la pena de aquel doctor cuya soberbia ha imitado...

Ya que la ocasión lo pide, repasad, si os place, las sanciones de los cánones, hallaréis cuál es, después de la Iglesia Romana, la segunda iglesia; cuál, la tercera. Con ello aparece distintamente el orden de gobierno de la Iglesia: los pontífices de las demás iglesias, reconocen que, no obstante..., forman parte de una misma Iglesia y de un mismo sacerdocio, y que una y otro, sin menoscabo de la caridad, deben sujeción según la disciplina eclesiástica. Y, en verdad, esta sentencia de los cánones viene durando desde la antigüedad y, con el favor de Cristo, perdura en nuestros días. Nadie osó jamás poner sus manos sobre el que es Cabeza de los Apóstoles, y a cuyo juicio no es licito poner resistencia; nadie jamás se levantó contra él, sino quien quiso hacerse reo de juicio. Las antedichas grandes iglesias... conservan por los cánones sus dignidades: la de Alejandría y la de Antioquía [cf. 163 y 436] las tienen reconocidas por derecho eclesiástico. Guardan, decimos, lo establecido por nuestros mayores.... siendo deferentes en todo y recibiendo, en cambio, aquella gracia que ellos, en el Señor, que es nuestra paz, reconocen debernos. Pero, ya que las circunstancias lo piden, hay que probar, con documentos, que las grandes iglesias orientales, en los grandes problemas en que es necesario mayor discernimiento, consultaron siempre la Sede Romana, y cuantas veces la necesidad lo exigió recabaron el auxilio de ésta. Atanasio y Pedro, sacerdotes de santa memoria pertenecientes a la iglesia de Alejandría, reclamaron el auxilio de esta Sede. Como durante mucho tiempo la iglesia de Antioquía se hallara en apurada situación, de suerte que por razón de ello a menudo surgían de allí agitaciones, es sabido que, primero bajo Melecio y luego bajo Flaviano, acudieron a consultar la Sede Apostólica. Con referencia a la autoridad de ésta, después de lo mucho que llegó a realizar nuestra Iglesia, a nadie ofrece duda que Flaviano recibió de ella la gracia de la comunión, de la que para siempre habría carecido, de no haber manado de ahí escritos sobre el particular. El príncipe Teodosio, de clementísimo recuerdo, juzgando que la ordenación de Nectario carecía de firmeza, porque Nos no teníamos noticia de ella, enviados de su parte cortesanos y obispos, reclamó la ratificación de la Iglesia Romana, para robustecer la dignidad de aquél J. Poco tiempo ha, es decir, bajo mi predecesor Inocencio, de feliz recordación, los pontífices de las iglesias orientales, doliéndose de estar privados de comunión con el bienaventurado Pedro, pidieron la paz mediante legados, como vuestra caridad recuerda ~. En aquella ocasión, la Sede Apostólica lo perdonó todo sin dificultad, obedeciendo a aquel maestro que dijo: A quien algo concedisteis, también se lo concedí yo; pues también yo [lo que concedí], si algo concedí, lo concedí por amor vuestro en la persona de Cristo, para que no caigamos en poder de Satanás; pues no ignoramos sus argucias [2 Cor. 2, 10 s], esto es, que se alegra siempre en las discordias.

Y puesto que, hermanos carísimos, los ejemplos expuestos, por más que vosotros tenéis conocimiento de muchos más, bastan creo para probar la verdad, sin lastimar vuestro espíritu de hermandad queremos intervenir en vuestra asamblea mediante esta Carta y que veáis que os ha sido dirigida por Nos, por medio de Severo, notario de la Sede Apostólica, que nos es persona gratísima y ha sido enviado a vosotros de nuestra parte. Conviniendo, como es cosa digna entre hermanos, en que nadie, si quiere perseverar en nuestra comunión, traiga otra vez a colación el nombre de Perígene, hermano nuestro en el sacerdocio, cuyo sacerdocio ya confirmó una vez el Apóstol Pedro, bajo inspiración del Espíritu Santo, sin dejar lugar para ulterior cuestión, pues contra él no hay en absoluto constancia de obstáculo alguno anterior a nuestro nombramiento en favor de él...

[De la Carta 13 Retro maioribus tuis a Rufo, obispo de Tesalia, de 11 de marzo de 422]

(2) ... Al Sínodo de Corinto... hemos dirigido escritos por los que todos los hermanos han de entender que no puede apelarse de nuestro juicio. Nunca, en efecto, fue lícito tratar nuevamente un asunto, que haya sido una vez establecido por la Sede Apostólica

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