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Capítulo IV.- Ministro de la Gracia del Supremo Sacerdocio

" Santificados en Cristo Jesús, llamados a ser santos " (1 Co 1, 2)

32. Al tratar sobre una de las funciones primeras y fundamentales del Obispo, el ministerio de la santificación, pienso en las palabras que el apóstol Pablo dirigió a los fieles de Corinto, como poniendo ante sus ojos el misterio de su vocación: " Santificados en Cristo Jesús, llamados a ser santos, con cuantos en cualquier lugar invocan el nombre de Jesucristo, Señor nuestro " (1 Co 1, 2). La santificación del cristiano se realiza en el baño bautismal, se corrobora en el sacramento de la Confirmación y de la Reconciliación, y se alimenta con la Eucaristía, el bien más precioso de la Iglesia, el sacramento que la edifica constantemente como Pueblo de Dios, cuerpo de Cristo y templo del Espíritu Santo.[127]

El Obispo es ministro de esta santificación, que se difunde en la vida de la Iglesia, sobre todo a través de la santa liturgia. De ésta, y especialmente de la celebración eucarística, se dice que es " cumbre y fuente de la vida de la Iglesia ".[128] Es una afirmación que se corresponde en cierto modo con el ministerio litúrgico del Obispo, que es el centro de su actividad dirigida a la santificación del Pueblo de Dios.

De esto se desprende claramente la importancia de la vida litúrgica en la Iglesia particular, en la que el Obispo ejerce su ministerio de santificación proclamando y predicando la Palabra de Dios, dirigiendo la oración por su pueblo y con su pueblo, presidiendo la celebración de los Sacramentos. Por esta razón, la Constitución dogmática Lumen gentium aplica al Obispo un bello título, tomado de la oración de consagración episcopal en el ritual bizantino, es decir, el de " administrador de la gracia del sumo sacerdocio, sobre todo en la Eucaristía que él mismo celebra o manda celebrar y por la que la Iglesia crece y se desarrolla sin cesar ".[129]

Hay una íntima correspondencia entre el ministerio de la santificación y los otros dos, el de la palabra y de gobierno. En efecto, la predicación se ordena a la participación de la vida divina en la mesa de la Palabra y de la Eucaristía. Esta vida se desarrolla y manifiesta en la existencia cotidiana de los fieles, puesto que todos están llamados a plasmar en el comportamiento lo que han recibido en la fe.[130] A su vez, el ministerio de gobierno se expresa en funciones y actos que, como las de Jesús, Buen Pastor, tienden a suscitar en la comunidad de los fieles la plenitud de vida en la caridad, para gloria de la Santa Trinidad y testimonio de su amorosa presencia en el mundo.

Todo Obispo, pues, cuando ejerce el ministerio de la santificación (munus sanctificandi), pone en práctica lo que se propone el ministerio de enseñar (munus docendi) y, al mismo tiempo, obtiene la gracia para el ministerio de gobernar (munus regendi), modelando sus actitudes a imagen de Cristo Sumo Sacerdote, de manera que todo se ordene a la edificación de la Iglesia y a la gloria de la Trinidad Santa.

Fuente y cumbre de la Iglesia particular

33. El Obispo ejerce el ministerio de la santificación a través de la celebración de la Eucaristía y de los demás Sacramentos, la alabanza divina de la Liturgia de las Horas, la presidencia de los otros ritos sagrados y también mediante la promoción de la vida litúrgica y de la auténtica piedad popular. Entre las celebraciones presididas por el Obispo destacan especialmente aquellas en las que se manifiesta la peculiaridad del ministerio episcopal como plenitud del sacerdocio. Así sucede en la administración del sacramento de la Confirmación, de las Órdenes sagradas, en la celebración solemne de la Eucaristía en que el Obispo está rodeado de su presbiterio y de los otros ministros -como en la liturgia de la Misa crismal-, en la dedicación de las iglesias y de los altares, en la consagración de las vírgenes, así como en otros ritos importantes para la vida de la Iglesia particular. Se presenta visiblemente en estas celebraciones como el padre y pastor de los fieles, el " Sumo Sacerdote " de su pueblo (cf. Hb 10, 21), que ora y enseña a orar, intercede por sus hermanos y, junto con el pueblo, implora y da gracias a Dios, resaltando la primacía de Dios y de su gloria.

En estas ocasiones brota, como de una fuente, la gracia divina que inunda toda la vida de los hijos de Dios durante su peregrinación terrena, encaminándola hacia su culminación y plenitud en la patria celestial. Por eso, el ministerio de la santificación es fundamental para la promoción de la esperanza cristiana. El Obispo no sólo anuncia con la predicación de la palabra las promesas de Dios y abre caminos hacia al futuro, sino que anima al Pueblo de Dios en su camino terreno y, mediante la celebración de los sacramentos, prenda de la gloria futura, le hace pregustar su destino final, en comunión con la Virgen María y los Santos, en la certeza inquebrantable de la victoria definitiva de Cristo sobre el pecado y sobre la muerte, así como de su venida gloriosa.

Importancia de la iglesia catedral

34. Aunque el Obispo ejerce su ministerio de santificación en toda la diócesis, éste tiene su centro en la iglesia catedral, que es como la iglesia madre y el punto de convergencia de la Iglesia particular.

En efecto, la catedral es el lugar donde el Obispo tiene su Cátedra, desde la cual educa y hace crecer a su pueblo por la predicación, y donde preside las principales celebraciones del año litúrgico y de los sacramentos. Precisamente cuando está sentado en su Cátedra, el Obispo se muestra ante la asamblea de los fieles como quien preside in loco Dei Patris; por eso, como ya he recordado, según una antiquísima tradición, tanto de oriente como de occidente, solamente el Obispo puede sentarse en la Cátedra episcopal. Precisamente la presencia de ésta hace de la iglesia catedral el centro material y espiritual de unidad y comunión para el presbiterio diocesano y para todo el Pueblo santo de Dios.

No se ha de olvidar a este propósito la enseñanza del Concilio Vaticano II sobre la gran importancia que todos deben dar " a la vida litúrgica de la diócesis en torno al obispo, sobre todo en la iglesia catedral, persuadidos de que la principal manifestación de la Iglesia tiene lugar en la participación plena y activa de todo el pueblo santo de Dios en las mismas celebraciones litúrgicas, especialmente en la misma Eucaristía, en una misma oración, junto a un único altar, que el obispo preside rodeado por su presbiterio y sus ministros ".[131] En la catedral, pues, donde se realiza lo más alto de la vida de la Iglesia, se ejerce también el acto más excelso y sagrado del munus sanctificandi del Obispo, que comporta a la vez, como la liturgia misma que él preside, la santificación de las personas y el culto y la gloria de Dios.

Algunas celebraciones particulares manifiestan de manera especial este misterio de la Iglesia. Entre ellas, recuerdo la liturgia anual de la Misa crismal, que " ha de ser tenida como una de las principales manifestaciones de la plenitud sacerdotal del Obispo y un signo de la unión estrecha de los presbíteros con él ".[132] Durante esta celebración, junto con el Óleo de los enfermos y el de los catecúmenos, se bendice el santo Crisma, signo sacramental de salvación y vida perfecta para todos los renacidos por el agua y el Espíritu Santo. También se han de citar entre las liturgias más solemnes aquéllas en que se confieren las sagradas Órdenes, cuyos ritos tienen en la iglesia catedral su lugar propio y normal.[133] A estos casos se han de añadir algunas otras circunstancias, como la celebración del aniversario de su dedicación y las fiestas de los santos Patronos de la diócesis.

Éstas y otras ocasiones, según el calendario litúrgico de cada diócesis, son circunstancias preciosas para consolidar los vínculos de comunión con los presbíteros, las personas consagradas y los fieles laicos, así como para dar nuevo impulso a la misión de todos los miembros de la Iglesia particular. Por eso el Caeremoniale Episcoporum destaca la importancia de la iglesia catedral y de las celebraciones que se desarrollan en ella para el bien y el ejemplo de toda la Iglesia particular.[134]

Moderador de la liturgia como pedagogía de la fe

35. En las actuales circunstancias, los Padres sinodales han querido llamar la atención sobre la importancia del ministerio de la santificación que se ejerce en la Liturgia, la cual debe celebrarse de tal modo que haga efectiva su fuerza didáctica y educativa.[135] Esto requiere que las celebraciones litúrgicas sean verdaderamente epifanía del misterio. Deberán expresar con claridad, pues, la naturaleza del culto divino, reflejando el sentido genuino de la Iglesia que ora y celebra los misterios divinos. Además, si todos participan convenientemente en la liturgia, según los diversos ministerios, ésta resplandecerá por su dignidad y belleza.

En el ejercicio de mi ministerio, yo mismo he querido dar una prioridad a las celebraciones litúrgicas, tanto en Roma como durante mis viajes apostólicos en los diferentes continentes y naciones. Haciendo brillar la belleza y la dignidad de la liturgia cristiana en todas sus expresiones he tratado promover el auténtico sentido de la santificación del nombre de Dios, con el fin de educar el sentimiento religioso de los fieles y abrirlo a la trascendencia.

Exhorto, pues, a mis hermanos Obispos, a que, como maestros de la fe y partícipes del supremo sacerdocio de Cristo, procuren con todas sus fuerzas promover auténticamente la liturgia. Ésta exige que por la manera en que se celebra anuncie con claridad la verdad revelada, transmita fielmente la vida divina y exprese sin ambigüedad la auténtica naturaleza de la Iglesia. Todos han de ser conscientes de la importancia de las sagradas celebraciones de los misterios de la fe católica. La verdad de la fe y de la vida cristiana no se transmite sólo con palabras, sino también con signos sacramentales y el conjunto de ritos litúrgicos. Es bien conocido, a este propósito, el antiguo axioma que vincula estrechamente la lex credendi a la lex orandi.[136]

Por tanto, todo Obispo ha de ser ejemplar en el arte del presidir, consciente de tractare mysteria. Debe tener también una vida teologal profunda que inspire su comportamiento en cada contacto con el Pueblo santo de Dios. Debe ser capaz de transmitir el sentido sobrenatural de las palabras, oraciones y ritos, de modo que implique a todos en la participación en los santos misterios. Además, por medio de una adecuada y concreta promoción de la pastoral litúrgica en la diócesis, ha de procurar que los ministros y el pueblo adquieran una auténtica comprensión y experiencia de la liturgia, de modo que los fieles lleguen a la plena, consciente, activa y fructuosa participación en los santos misterios, como propuso el Vaticano II.[137]

De este modo, las celebraciones litúrgicas, especialmente las que son presididas por el Obispo en su catedral, serán proclamaciones diáfanas de la fe de la Iglesia, momentos privilegiados en que el Pastor presenta el misterio de Cristo a los fieles y los ayuda a entrar progresivamente en él, para que se convierta en una gozosa experiencia, que han de testimoniar después con las obras de caridad (cf. Ga 5, 6).

Dada la importancia que tiene la correcta transmisión de la fe en la santa liturgia de la Iglesia, el Obispo deberá vigilar atentamente, por el bien de los fieles, que se observen siempre, por todos y en todas partes, las normas litúrgicas vigentes. Esto comporta también corregir firme y tempestivamente los abusos, así como excluir cualquier arbitrariedad en el campo litúrgico. Además, el Obispo mismo debe estar atento, en lo que de él depende o en colaboración con las Conferencias episcopales y las Comisiones litúrgicas pertinentes, a que se observe esa misma dignidad y autenticidad de los actos litúrgicos en los programas radiofónicos y televisivos.

Carácter central del Día del Señor y del año litúrgico

36. La vida y el ministerio del Obispo han de estar impregnados de la presencia del Señor y de su misterio. En efecto, la promoción en toda la diócesis de la convicción de que la liturgia es el centro espiritual, catequético y pastoral depende en buena medida del ejemplo del Obispo.

La celebración del misterio pascual de Cristo en el Día del Señor o domingo ocupa el centro de este ministerio. Como he repetido varias veces, algunas recientemente, para remarcar la identidad cristiana en nuestro tiempo hace falta dar renovada centralidad a la celebración del Día del Señor y, en él, a la celebración de la Eucaristía. Debe sentirse el domingo como " día especial de la fe, día del Señor resucitado y del don del Espíritu, verdadera Pascua de la semana ".[138]

La presencia del Obispo que el domingo, día también de la Iglesia, preside la Eucaristía en su catedral o en las parroquias de la diócesis, puede ser un signo ejemplar de fidelidad al misterio de la Resurrección y un motivo de esperanza para el Pueblo de Dios en su peregrinación, de domingo en domingo, hasta el octavo día, día que no conoce ocaso, de la Pascua eterna.[139]

Durante el año litúrgico la Iglesia revive todo el misterio de Cristo, desde la Encarnación y el Nacimiento del Señor hasta la Ascensión y el día de Pentecostés, a la espera de su venida gloriosa.[140] Naturalmente, el Obispo dará especial importancia a la preparación y celebración del Triduo Pascual, corazón de todo el año litúrgico, con la solemne Vigilia pascual y su prolongación durante los cincuenta días del tiempo pascual.

El año litúrgico, con su cadencia cíclica, puede ser valorizado con una programación pastoral de la vida de la diócesis en torno al misterio de Cristo. En cuanto itinerario de fe, la Iglesia es alentada por la memoria de la Virgen María que, " glorificada ya en los cielos en cuerpo y alma [...], brilla ante el Pueblo de Dios en marcha, como señal de esperanza cierta y de consuelo ".[141] Es una espera sustentada también con la memoria de los mártires y demás santos que, " llevados a la perfección por medio de la multiforme gracia de Dios y habiendo alcanzado ya la salvación eterna, entonan la perfecta alabanza a Dios en los cielos e interceden por nosotros ".[142]

Ministro de la celebración eucarística

37. En el centro del munus sanctificandi del Obispo está la Eucaristía, que él mismo ofrece o encarga ofrecer, y en la que se manifiesta especialmente su función de " ecónomo " o ministro de la gracia del supremo sacerdocio.[143]

El Obispo contribuye a la edificación de la Iglesia, misterio de comunión y misión, sobre todo presidiendo la asamblea eucarística. En efecto, la Eucaristía no sólo es el principio esencial de la vida de cada fiel, sino también de la comunidad misma en Cristo. Reunidos por la predicación del Evangelio, los fieles forman comunidades en las que está realmente presente la Iglesia de Cristo, y eso se pone de manifiesto particularmente en la celebración misma del Sacrificio eucarístico.[144] Es conocido a este respecto lo que enseña el Concilio: " En toda comunidad en torno al altar, presidida por el ministerio sagrado del Obispo, se manifiesta el símbolo de aquel gran amor y de 'la unidad del cuerpo místico sin la que no puede uno salvarse'. En estas comunidades, aunque muchas veces sean pequeñas y pobres o vivan dispersas, está presente Cristo, quien con su poder constituye a la Iglesia una, santa, católica y apostólica. En efecto, 'la participación en el cuerpo y la sangre de Cristo hace precisamente que nos convirtamos en aquello que recibimos' ".[145]

Además, de la celebración eucarística, que es " la fuente y la cumbre de toda evangelización ",[146] brota todo compromiso misionero de la Iglesia, que tiende a manifestar a otros, con el testimonio de vida, el misterio vivido en la fe.

El deber de celebrar la Eucaristía es el cometido principal y más apremiante del ministerio pastoral del Obispo. A él corresponde también, como una de sus principales tareas, procurar que los fieles tengan la posibilidad de acceder a la mesa del Señor, sobre todo el domingo que, como acabamos de recordar, es el día en que la Iglesia, comunidad y familia de los hijos de Dios, expresa su específica identidad cristiana en torno a sus propios presbíteros.[147]

No obstante, bien por falta de sacerdotes, bien por otras razones graves y persistentes, puede ser que en ciertas regiones no sea posible celebrar la Eucaristía con la debida regularidad. Esta eventualidad agudiza el deber del Obispo, como padre de familia y ministro de la gracia, de estar siempre atento para discernir las necesidades efectivas y la gravedad de las situaciones. Así, será preciso recurrir a una mejor distribución de los miembros del presbiterio, de modo que, incluso en casos semejantes, las comunidades no se vean privadas de la celebración eucarística durante demasiado tiempo.

A falta de la Santa Misa, el Obispo ha de procurar que la comunidad, aun estando siempre en espera de la plenitud del encuentro con Cristo en la celebración del Misterio pascual, pueda tener una celebración especial al menos los domingos y días festivos. En estos casos los fieles, presididos por ministros responsables, pueden beneficiarse del don de la Palabra proclamada y de la comunión eucarística mediante celebraciones de asambleas dominicales, previstas y adecuadas, en ausencia de un presbítero.[148]

Responsable de la iniciación cristiana

38. En las circunstancias actuales de la Iglesia y del mundo, tanto en las Iglesias jóvenes como en los Países donde el cristianismo se ha establecido desde siglos, resulta providencial la recuperación, sobre todo para los adultos, de la gran tradición de la disciplina sobre la iniciación cristiana. Ésta ha sido una disposición oportuna del Concilio Vaticano II,[149] que de este modo quiso ofrecer un camino de encuentro con Cristo y con la Iglesia a muchos hombres y mujeres tocados por la gracia del Espíritu y deseosos de entrar en comunión con el misterio de la salvación en Cristo, muerto y resucitado por nosotros.

Mediante el itinerario de la iniciación cristiana se introduce progresivamente a los catecúmenos en el conocimiento del misterio de Cristo y de la Iglesia, análogamente a lo que ocurre en el origen, desarrollo y maduración de la vida natural. En efecto, por el Bautismo los fieles renacen y participan del sacerdocio real. Por la Confirmación, cuyo ministro originario es el Obispo, se corrobora su fe y reciben una especial efusión de los dones del Espíritu. Al participar de la Eucaristía, se alimentan con el manjar de vida eterna y se insertan plenamente en la Iglesia, Cuerpo místico de Cristo. De este modo, " por medio de estos sacramentos de la iniciación cristiana, están en disposición de gustar cada vez más y mejor los tesoros de la vida divina y progresar hasta la consecución de la perfección de la caridad ".[150]

Así pues, los Obispos, teniendo en cuenta las circunstancias actuales han de poner en práctica las prescripciones del Rito de la iniciación cristiana de adultos. Por tanto, han de procurar que en cada diócesis existan las estructuras y agentes de pastoral necesarios para asegurar de la manera más digna y eficaz la observancia de las disposiciones y disciplina litúrgica, catequética y pastoral de la iniciación cristiana, adaptada a las necesidades de nuestros tiempos.

Por su propia naturaleza de inserción progresiva en el misterio de Cristo y de la Iglesia, misterio que vive y actúa en cada Iglesia particular, el itinerario de la iniciación cristiana requiere la presencia y el ministerio del Obispo diocesano, especialmente en su fase final, es decir, en la administración de los sacramentos del Bautismo, de la Confirmación y de la Eucaristía, como tiene lugar normalmente en la Vigilia pascual.

El Obispo debe regular también, según las leyes de la Iglesia, lo que se refiere a la iniciación cristiana de los niños y jóvenes, dando disposiciones sobre su apropiada preparación catequética y su compromiso gradual en la vida de la comunidad. Además, ha de estar atento a que eventuales itinerarios de catecumenado, de recuperación y fortalecimiento del camino de la iniciación cristiana o de acercamiento a los fieles que se han alejado de la vida normal de fe comunitaria, se desarrollen según las normas de la Iglesia y en plena sintonía con la vida de las comunidades parroquiales en la diócesis.

Finalmente, el Obispo, ministro originario del Sacramento de la Confirmación, ha de ser quien lo administre normalmente. Su presencia en la comunidad parroquial que, por la pila bautismal y la Mesa eucarística, es el ambiente natural y ordinario del camino de la iniciación cristiana, evoca eficazmente el misterio de Pentecostés y se demuestra sumamente útil para consolidar los vínculos de comunión eclesial entre el pastor y los fieles.

Responsabilidad del Obispo en la disciplina penitencial

39. En sus intervenciones, los Padres sinodales pusieron especial atención en la disciplina penitencial, subrayando su importancia y el cuidado especial que los Obispos, como sucesores de los Apóstoles, deben prestar a la pastoral y a la disciplina del sacramento de la Penitencia. Me complace haber oído de ellos lo que es una profunda convicción mía, esto es, que se ha de poner sumo interés en la pastoral de este sacramento de la Iglesia, fuente de reconciliación, de paz y alegría para todos nosotros, necesitados de la misericordia del Señor y de la curación de las heridas del pecado.

Como primer responsable de la disciplina penitencial en su Iglesia particular, corresponde ante todo al Obispo dirigir una invitación kerygmatica a la conversión y a la penitencia. Tiene el deber de proclamar con libertad evangélica la presencia triste y dañosa del pecado en la vida de los hombres y en la historia de las comunidades. Al mismo tiempo, ha de anunciar el misterio insondable de la misericordia que Dios nos ha prodigado en la Cruz y en la Resurrección de su Hijo, Jesucristo, y en la efusión del Espíritu, para la remisión de los pecados. Este anuncio, invitación a la reconciliación y llamada a la esperanza, está en el corazón del Evangelio. Es el primer anuncio de los Apóstoles el día del Pentecostés, anuncio en que se revela el sentido mismo de la gracia y de la salvación comunicada por los Sacramentos.

El Obispo ha de ser un ministro ejemplar del sacramento de la Penitencia y debe recurrir asidua y fielmente al mismo. No se cansará de exhortar a sus sacerdotes a que tengan en gran estima el ministerio de la reconciliación recibido en la Ordenación sacerdotal, animándolos a ejercerlo con generosidad y sentido sobrenatural, imitando al Padre que acoge a los que vuelven a la casa paterna y a Cristo, Buen Pastor, que lleva sobre sus hombros a la oveja extraviada.[151]

La responsabilidad del Obispo incluye también el deber de velar para que la absolución general no se imparta más allá de las normas del derecho. A este respecto, en el Motu proprio Misericordia Dei he subrayado que los Obispos han de insistir en la disciplina vigente, según la cual la confesión, individual e íntegra, y la absolución son el único modo ordinario por el que el fiel consciente de pecado grave se reconcilia con Dios y con la Iglesia. Sólo una imposibilidad física o moral dispensa de este modo ordinario, en cuyo caso la reconciliación se puede obtener de otras maneras. Además, el Obispo ha de recordar a todos los que por oficio tienen cura de almas el deber de brindar a los fieles la oportunidad de acudir a la confesión individual.[152] Y se cuidará de verificar que se den a los fieles las máximas facilidades para poder confesarse.

Considerada a la luz de la Tradición y del Magisterio de la Iglesia la íntima unión entre el sacramento de la Reconciliación y la participación en la Eucaristía, es cada vez más necesario formar la conciencia de los fieles para que participen digna y fructuosamente en el Banquete eucarístico en estado de gracia.[153]

Es útil recordar también que corresponde al Obispo el cometido de reglamentar, convenientemente y con una cuidadosa elección de los ministros adecuados, la disciplina sobre el ejercicio de los exorcismos y de las celebraciones de oración para obtener curaciones, respetando los recientes documentos de la Santa Sede.[154]

Cuidado de la piedad popular

40. Los Padres sinodales confirmaron la importancia de la piedad popular en la transmisión y el desarrollo de la fe. En efecto, como dijo mi predecesor Pablo VI, ésta piedad comporta grandes valores, tanto respecto a Dios como a los hermanos,[155] llegando a constituir así un verdadero tesoro de espiritualidad en la vida de las comunidades cristianas.

En nuestro tiempo, en que se nota una gran sed de espiritualidad, que a veces induce a muchos a hacerse adeptos de sectas religiosas o de otras formas vagas de espiritualismo, los Obispos han de discernir y favorecer también los valores y las formas de la auténtica piedad popular.

Sigue siendo actual lo que se dice en la Exhortación apostólica Evangelii nuntiandi: " La caridad pastoral debe dictar, a cuantos el Señor ha colocado como jefes de las comunidades eclesiales, las normas de conducta con respecto a esta realidad, a la vez tan rica y tan amenazada. Ante todo hay que ser sensibles a ella, saber percibir sus dimensiones interiores y sus valores innegables, estar dispuestos a ayudarla a superar sus riesgos de desviación. Bien orientada, esta religiosidad popular puede ser cada vez más, para nuestras masas populares, un verdadero encuentro con Dios en Jesucristo ".[156]

Es preciso, pues, orientar esta religiosidad, purificando eventualmente sus formas expresivas según los principios de la fe y de la vida cristiana. Por medio de la piedad popular, se ha de conducir a los fieles al encuentro personal con Cristo, a la comunión con la Santísima Virgen María y los Santos, mediante la escucha de la palabra de Dios, la vida de oración, la participación en los sacramentos, el testimonio de la caridad y de las obras de misericordia.[157]

Para una reflexión más amplia a este respecto, me complace indicar los documentos emanados por esta Sede Apostólica, en los que, además de contener valiosas sugerencias teológicas, pastorales y espirituales, se recuerda que todas las manifestaciones de piedad popular están bajo la responsabilidad del Obispo, en su propia diócesis. A él compete regularlas, animarlas en su función de ayuda a los fieles para la vida cristiana, purificarlas en lo que fuere necesario y evangelizarlas.[158]

Promover la santidad de todos los fieles

41. La santidad del pueblo de Dios, a la cual se ordena el ministerio de santificación del Obispo, es don de la gracia divina y manifestación de la primacía de Dios en la vida de la Iglesia. Por eso, en su ministerio debe promover incansablemente una auténtica pastoral y pedagogía de la santidad, para realizar así el programa propuesto en el capítulo quinto de la Constitución Lumen gentium sobre la vocación universal a la santidad.

Yo mismo he propuesto este programa a toda la Iglesia al principio del tercer milenio como prioridad pastoral y fruto del gran Jubileo de la Encarnación.[159] En efecto, también hoy la santidad es un signo de los tiempos, una prueba de la verdad del cristianismo que brilla en sus mejores fieles, tanto en los muchos que han sido elevados al honor de los altares como en aquellos, más numerosos aún, que calladamente han vivificado y vivifican la historia humana con la humilde y gozosa santidad cotidiana. De hecho, en nuestro tiempo hay también testimonios preciosos de santidad personal y comunitaria que son para todos, incluidas las nuevas generaciones, un signo de esperanza.

Así pues, para resaltar el testimonio de la santidad, exhorto a mis Hermanos Obispos a buscar y destacar los signos de santidad y virtudes heroicas que también hoy se dan, sobre todo cuando se refieren a fieles laicos de sus diócesis y, especialmente, a esposos cristianos. En los casos en que se considere verdaderamente oportuno, les animo a promover los correspondientes procesos de canonización.[160] Eso sería para todos un signo de esperanza y un impulso en el camino del Pueblo de Dios, un motivo que estimula su testimonio de la perenne presencia de la gracia en las vicisitudes humanas, ante al mundo.

Notas

[127] Cf. Carta Enc. Ecclesia de Eucharistia (17 abril 2003), 22-24: AAS 95 (2003), 448-449.

[128] Conc. Ecum. Vat. II, Const. Sacrosanctum Concilium, sobre la sagrada liturgia, 10.

[129] N. 26.

[130] Cf. Conc. Ecum. Vat. II, Const. Sacrosanctum Concilium, sobre la sagrada liturgia, 10.

[131] Ibíd., 41.

[132] Pontifical Romano, Bendición de los óleos, Premisas, 1.

[133] Cf. ibíd., Ordenación del Obispo, de los Presbíteros y de los Diáconos, Premisas, 21, 120, 202.

[134] Cf. nn. 42-54.

[135] Cf. Propositio 17.

[136] " Legem credendi lex statuat supplicandi ": S. Celestino, Ad Galliarum episcopos, 12: PL 45, 1759.

[137] Cf. Const. Sacrosanctum Concilium, sobre la sagrada liturgia, 11.14.

[138] Carta ap. Novo millennio ineunte (6 enero 2001), 35:AAS 93 (2001), 291.

[139] Cf. Propositio 17.

[140] Cf. Conc. Ecum. Vat. II, Const. Sacrosanctum Concilium, sobre la sagrada liturgia, 102.

[141] Conc. Ecum. Vat. II, Const. dogm. Lumen gentium, sobre la Iglesia, 68.

[142] Conc. Ecum. Vat. II, Const. Sacrosanctum Concilium, sobre la sagrada liturgia, 104.

[143] Cf. Conc. Ecum. Vat. II, Const. dogm. Lumen gentium, sobre la Iglesia, 26.

[144] Cf. Carta Enc. Ecclesia de Eucharistia (17 abril 2003), 21: AAS 95 (2003), 447-448.

[145] Const. dogm. Lumen gentium, sobre la Iglesia, 26.

[146] Cf. Conc. Ecum. Vat. II, Decr. Presbyterorum ordinis, sobre el ministerio y vida de los presbíteros, 5.

[147] Cf. Conc. Ecum. Vat. II, Const. dogm. Lumen gentium, sobre la Iglesia, 28; Juan Pablo II, Carta Enc. Ecclesia de Eucharistia (17 abril 2003), 41-42: AAS 95 (2003), 460-461.

[148] Cf. Congregación para el Clero (et aliae), Instr. interdicasterial Ecclesiae de mysterio, sobre algunas cuestiones acerca de la colaboración de los fieles laicos en el sagrado ministerio de los sacerdotes (15 agosto 1997), " Disposiciones prácticas ", art. 7:AAS 89 (1997), 869-870.

[149] Cf. Conc. Ecum. Vat. II, Const. Sacrosanctum Concilium, sobre la sagrada liturgia, 64.

[150] Pablo VI, Const. ap. Divinae consortium naturae (15 agosto 1971): AAS 63 (1971), 657.

[151] Cf. Propositio 18.

[152] Cf. Motu proprio Misericordia Dei (7 abril 2002), 1:AAS 94 (2002), 453-454.

[153] Cf. Propositio 18.

[154] Cf. Ritual Romano, Rito de los exorcismos (22 noviembre 1998); Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción sobre las oraciones para obtener de Dios la curación (14 septiembre 2000):L'Osservatore Romano, ed. semanal en lengua española (1 diciembre 2001), pp. 17-19.

[155] Cf. Exhort. ap. Evangelii nuntiandi (8 diciembre 1975), 48: AAS 68 (1976), 37-38.

[156] Ibíd.

[157] Cf. propositio 19.

[158] Cf. Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, Directorio sobre la piedad popular y la liturgia (17 diciembre 2001), 21.

[159] Cf. Carta ap. Novo millennio ineunte (6 enero 2001), nn. 29-41: AAS 93 (2001), 285-295.

[160] Cf. propositio 48.

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