conoZe.com » bibel » Documentos » Juan Pablo II » Encíclicas de Juan Pablo II » Redemptoris missio » Capítulo VI.- Responsables y Agentes de la Pastoral Misionera

Sacerdotes diocesanos para la misión universal

67. Colaboradores del Obispo, los presbíteros, en virtud del sacramento del Orden, están llamados a compartir la solicitud por la misión: «El don espiritual que los presbíteros recibieron en la ordenación no los prepara a una misión limitada y restringida, sino a la misión universal y amplísima de salvación "hasta los confines de la tierra", pues cualquier ministerio sacerdotal participa de la misma amplitud universal de la misión confiada por Cristo a los Apóstoles».[134] Por esto, la misma formación de los candidatos al sacerdocio debe tender a darles «un espíritu genuinamente católico que les habitúe a mirar más allá de los limites de la propia diócesis, nación, rito y lanzarse en ayuda de las necesidades de toda la Iglesia con ánimo dispuesto para predicar el Evangelio en todas partes».[135] Todos los sacerdotes deben de tener corazón y mentalidad misioneros, estar abiertos a las necesidades de la Iglesia y del mundo, atentos a los más alejados y, sobre todo, a los grupos no cristianos del propio ambiente. Que en la oración y, particularmente, en el sacrificio eucarístico sientan la solicitud de toda la Iglesia por la humanidad entera.

Especialmente los sacerdotes que se encuentran en áreas de minoría cristiana deben sentirse movidos por un celo especial y el compromiso misionero. El Señor les confía no sólo el cuidado pastoral de la comunidad cristiana, sino también y sobre todo la evangelización de sus compatriotas que no forman parte de su grey. Los sacerdotes «no dejarán además de estar concretamente disponibles al Espíritu Santo y al Obispo, para ser enviados a predicar el Evangelio más allá de los confines del propio país. Esto exigirá en ellos no sólo madurez en la vocación, sino también una capacidad no común de desprendimiento de la propia patria, grupo étnico y familia, y una particular idoneidad para insertarse en otras culturas, con inteligencia y respeto». [136]

68. En la Encíclica Fidei donum, Pío XII con intuición profética, alentó a los Obispos a ofrecer algunos de sus sacerdotes para un servicio temporal a las Iglesias de África, aprobando las iniciativas ya existentes al respecto. A veinticinco años de distancia, quise subrayar la gran novedad de aquel Documento, que ha hecho superar «la dimensión territorial del servicio sacerdotal para ponerlo a disposición de toda la Iglesia».[137] Hoy se ven confirmadas la validez y los frutos de esta experiencia; en efecto, los presbíteros llamados Fidei donum ponen en evidencia de manera singular el vínculo de comunión entre las Iglesias, ofrecen una aportación valiosa al crecimiento de comunidades eclesiales necesitadas, mientras encuentran en ellas frescor y vitalidad de fe. Es necesario, ciertamente, que el servicio misionero del sacerdote diocesano responda a algunos criterios y condiciones. Se deben enviar sacerdotes escogidos entre los mejores, idóneos y debidamente preparados para el trabajo peculiar que les espera.[138] Deberán insertarse en el nuevo ambiente de la Iglesia que los recibe con ánimo abierto y fraterno, y constituirán un único presbiterio con los sacerdotes del lugar, bajo la autoridad del Obispo.[139] Mi deseo es que el espíritu de servicio aumente en el presbiterio de las Iglesias antiguas y que sea promovido en el presbiterio de las Iglesias más jóvenes.

Notas

[134] Conc. Ecum. Vat. II. Decr. Presbyterorum ordinis, 10; cf. Decr. Ad gentes, sobre la actividad misionera de la Iglesia, 39.

[135] Conc. Ecum. Vat. II, Decr. Optatam totius, sobre la forrnación sacerdotal, 20; cf. «Guide de vie pastoral pour les prêtres diocésains des Eglises qui dépendent de la Congrégation pour l'Evangélisation des Peuples», Roma, 1989.

[136] Discurso a los participantes en la Plenaria de la Congregación para la Evangelizadón de los Pueblos, 14 de abril de 1989, 4: AAS 81 (1989), 1140.

[137] Mensaje para la Jornada Misionera Mundial de 1982: Insegnamenti V/2 (1982), 1879.

[138] Cf. Conc. Ecum. Vat. II. Decr. Ad gentes, sobre la actividad misionera de la Iglesia, 38; S. Congregación para el Clero, Normas directivas Postquam Apostoli, 24-25: l.c., 361.

[139] Cf. S. Congregación para el Clero, Normas directivas Postquam Apostoli, 29: l.c., 362 s.; Conc. Ecum. Vat. II, Decr. Ad gentes sobre la actividad misionera de la Iglesia, 20.

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